OTRAS MATERIAS AFECTADAS

 Finanzas.

Como queda latente en los días siguientes el referéndum, la incertidumbre conduciría a la volatilidad del mercado y la inestabilidad en el cambio euro-libra.

De todas formas, el impacto en el mercado de préstamos probablemente será limitado, al menos a corto y medio plazo.

El impacto puede ser mayor en el mercado de bonos. Los que tienen negocios que se verán afectados negativamente por el Brexit pueden encontrar una reducción en su acceso a la financiación.

A más largo plazo, la disponibilidad o el coste de la financiación podrían verse afectados por las regulaciones leyes post-Brexit. Sin embargo, mucho dependerá de las relaciones que se instauraran entre el Reino Unido con la UE.

Acerca de los derivados, la volatilidad en los mercados financieros puede dar lugar a problemas a corto plazo sobre los derivados ya existentes.

Contratos Internacionales.

El Brexit no tendrá un impacto significativo sobre los contratos: estos se quedaran en vigor, así como los respectivos derechos de las partes, y no se necesitara en la mayoría de los casos de previsiones específicas en razón del Brexit.

Las reglas de derecho internacional privado sobre la elección de ley aplicable establecidas por el Reglamento Roma I y Roma II cesaran de tener efecto en el Reino Unido, que necesitará redactar nuevas normas.

Una posible forma de proceder será la redacción de normas que reproduzcan las de los reglamentos comunitarios, sin que se haga referencia a la autoridad del Tribunal de

Justica para su interpretación (que será remitida a las cortes inglesas).

Otra vía podría ser volver a aplicar las normas de derecho ingles precedentes a los Reglamentos UE: el “Contracts Act” de 1990 para obligaciones contractuales y el “Private international Act” de 1995 (“PILA 1995”) para obligaciones no contractuales.

El impacto practico seria limitado ya que los instrumentos aquí citados siguen los mismos criterios (la libre elección de ley aplicable) de los Reglamentos UE.

Como última opción, el legislador ingles podrá decidir de redactar algo completamente nuevo.

El Brexit tampoco afectara la elección de cláusulas de sumisión a los tribunales ingleses. Por contrario las decisiones por estos tribunales serán probablemente más difíciles a ejecutarse.

Lo contractos, como por ejemplo contratos de distribución, de franchising o licencias informáticas que contienen cláusulas que se refieren al territorio de la UE tendrán que ser modificados, así como los que hacen referencias al derecho de la Unión.

Propiedad intelectual.

La disciplina unitaria de la propiedad intelectual en la UE, como las Marcas Comunitarias y Los Diseños Comunitarios Registrados no serán más de aplicación en el Reino Unido.

El gobierno Británico deberá garantizar nuevas normas de protección para la preservación de estos derechos.

La situación de los derechos sobre diseños no registrados es más incierta y los negocios que trabajan con los mismos deberían registrarlos cuanto antes.

Acerca de las patentes, el Reino Unido no será parte más a la nueva Patente Unitaria Europea o del Tribunal Unificado de Patentes. Aun así, las patentes europeas a protección de las invenciones en el Reino Unido seguirían siendo disponibles a través de la Oficina Europea de Patentes, como antes.

Prestaciones sanitarias.

Otro cambio que el Brexit aportará es la posible terminación de los acuerdos sobre prestaciones sanitarias que establecen tratamientos gratuitos- o casi gratuitos- a los ciudadanos europeos que sean parte del sistema sanitario de uno de los miembros.

Aunque otros acuerdos se negociaran es improbable que se establezca un régimen así favorable.

España no tiene actualmente un acuerdo específico con el Reino Unido sobre este asunto.

Protección de datos.

Tras el Brexit, el Reino Unido podría imponer límites para la transferencia transfronteriza de datos de la UE al Reino Unido.

Antes de que las negociaciones se finalizaran, las empresas que transferirán los datos personales de la UE para el Reino Unido tendrían que poner en práctica sus propios mecanismos de cumplimiento.

Aplicación de la legislación Europea.

La salida del Reino Unido llevará a un periodo de incertidumbre sobre la aplicación de la reglamentación UE sobre diferentes asuntos.

Estas serán discutidas durante las negociaciones a próximas y parece probable que muchas se quedaran en vigor en más o menos los mismos términos.