DERECHO DEL CONSUMIDOR Y DERECHO BANCARIO
Gracias al amplio conocimiento de esta materia ofrecemos y regulamos los derechos y obligaciones que le pertenecen. Además todo ello está íntimamente ligado a las áreas de Derecho Mercantil, Civil y Administrativo, áreas que domina a la perfección nuestro despacho de abogados.
El consumidor es toda aquella persona física o jurídica que contrata la adquisición o arrendamiento de bienes y servicios, en un ámbito ajeno a la actividad empresarial o profesional.
Productos Financieros y Cláusulas Abusivas
- Productos Bancarios Complejos
- Reclamación de Participaciones Preferentes.
- Reclamación de Obligaciones Subordinadas.
- Reclamación de Hipotecas con Cláusula Suelo.
- Reclamaciones de Hipotecas sujetas a Divisas Extranjeras.
- La Base para las Reclamaciones Judiciales
- Modelos de Reclamación Bancaria.
- Reclamación de Hipotecas Multidivisas.
- Reclamaciones de los Gastos de Formalización de Hipotecas.
- SWAPS o Permutas o Financieras.
- Participaciones Preferentes.
- Cláusula de Vencimiento Anticipado.
- Cláusula de Intereses de Demora.
- Comisión de Apertura.
- Imposición de Avalistas y Fiadores.
- Paralización de subastas y ejecuciones hipotecarias.
- Obligaciones subordinadas de bonos convertibles.
- Transacciones solicitando la dación en pago por impago o ejecución hipotecaria.
- Oposición a lanzamientos o desahucios.
- Indemnizaciones de Responsabilidad por la gestión de fondos de Inversión.
- Cantidades entregadas a cuenta en la compra de viviendas a entidades de crédito.
- Plusvalías.
- IRPH.
- Tarjetas Revolving.
La gestión de cobro se realiza tanto por vía extrajudicial como por vía judicial, según las necesidades de cada cliente y las circunstancias de cada caso con la única finalidad de poder conseguir el cobro de la acreencia.
Nuestro despacho negocia con los deudores el recobro de las cantidades pendientes con nuestros clientes, realizando para ello un análisis de la solvencia y las circunstancias de cada deudor, estableciendo plazos y cantidades para la solución del problema y buscando las máximas garantías para el cobro. La ventaja de esta vía es que permite la recuperación rápida de la deuda.
Una vez agotada la vía extrajudicial, ponemos a disposición de nuestros clientes abogados especialistas en recuperaciones quienes proceden a reclamar las deudas judicialmente. La amplia experiencia de nuestros abogados en esta materia consigue unos resultados de recuperación rápidos y efectivos.
En tiempos de crisis personas y empresas pasan auténticas dificultades económicas al no conseguir cobrar el dinero que les deben.
En ningún caso debe darse por perdido el crédito, siendo conveniente iniciar cuanto antes las gestiones extrajudiciales y/o judiciales para lograr el abono de las sumas debidas.
Muchas personas o empresas se encuentran en situación de insolvencia, pero ello no ha de implicar que se renuncie al crédito, dado que en el futuro la capacidad económica del deudor puede cambiar, lo que posibilitará el cobro de lo debido, más los correspondientes intereses y las costas de su reclamación judicial.
Hay que tener presente que la mayoría son deudas de carácter personal, con un plazo de prescripción de 15 años, por lo que no conviene descartar a priori el éxito de la acción aunque haya pasado mucho tiempo, es más cuando son varios años los pasados desde que debió abonarse el dinero se suele coger desprevenido al deudor.
RECUPERACIÓN DE DEUDAS
PARA SUS CLIENTES
La gestión de cobro se realiza tanto por vía amistosa como por vía judicial, según las necesidades de cada cliente y las circunstancias de cada caso con la única finalidad de poder conseguir el buen fin del cobro de las deudas.
Nuestro despacho ofrece el servicio de recuperación de deudas en todo el territorio nacional así como a nivel internacional a través de su red de colaboradores estables en todo el mundo.
EXTRAJUDICIAL
El despacho negocia con los deudores el recobro de las cantidades pendientes con nuestros clientes, realizando para ello un profundo análisis de la solvencia y las circunstancias de cada deudor, estableciendo plazos y cantidades para la solución del problema y buscando las máximas garantías para el recobro. La ventaja de esta vía es que permite la recuperación rápida de la deuda.
JUDICIAL
Agotada la vía de reclamación extrajudicial, ponemos a disposición de nuestros clientes el equipo de abogados especialistas en recuperaciones quienes proceden a reclamar las deudas judicialmente. La amplia experiencia de nuestros abogados en esta materia consigue unos resultados de recuperación muy elevados.
IRPH (ÍNDICE DE REFERENCIA DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO)
El TJUE, en sentencia del 03 de Marzo, reconoce a los consumidores afectados por las hipotecas IRPH la protección que anteriormente le fue negada por el Tribunal Supremo Español, que se negó a que el índice IRPH fuera sometido al control de transparencia para declararlo abusivo y nulo por falta de información.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea exige que la cláusula del tipo de interés variable sea comprensible para un consumidor medio. Esto se traduce en imponer a la banca la obligación de informar al consumidor del funcionamiento del método de cálculo, de las consecuencias económicas y de todos aquellos elementos necesarios para que el consumidor conozca la carga financiera a la que se somete. Expresamente exige que se informe sobre la evolución histórica del IRPH en que se basa el cálculo del tipo de interés.
Está información, debe ser facilitada al consumidor con anterioridad a la celebración del contrato de préstamo hipotecario; tanto de la información contractual como de las consecuencias económicas de dicho contrato.
Si llegarán a la conclusión de que dicha cláusula (IRPH) es abusiva, tendrán que sustituirla por un índice legal aplicable de manera supletoria.
Recomendamos no firmar ningún documento con el banco sin que lo haya visto un abogado experto. Con la aceptación de la propuesta de las entidades financieras es probable que estés renunciando a la posibilidad de emprender acciones legales además de que puede no ser el acuerdo que más te favorezca.
Para una hipoteca media de 180.000 €
Tiempo devolución 20 años
Contratada en 2008 y referenciada al IRPH + el diferencial de 0,25 %
Habría pagado en estos 10 años 21.265 € de más.
TARJETAS REVOLVING
El Tribunal Supremo declara “usuario” el tipo de interés de una tarjeta de Wizink.
El 4 de Marzo conocimos la sentencia del Tribunal Supremo sobre una tarjeta de crédito Revolving. El caso abordado por el alto tribunal es el de un préstamo, concedido inicialmente al 26,82% TAE y que ascendió luego al 27,24% de interés.
Ha sido declarado abusivo por la Ley de Usura de 1908.
La sentencia también apunta a la falta de transparencia de estos contratos complejos y ataca que, al tratarse de cuotas fijas y bajas, se paga una gran parte de intereses y se amortiza poco capital convirtiéndose el usuario en deudor cautivo de una gran deuda.
Si llevas años pagando cuotas pero tu deuda no termina nunca, es muy probable que tengas una tarjeta Revolving.
Las tarjetas Revolving son un tipo de tarjeta de crédito, cuya particularidad es que las compras, disposiciones en efectivo, etc, que se realicen con la misma, se pagan a plazos. La principal “ventaja”, aparentemente, es que tú decides cuanto quieres abonar periódicamente. Por lo general pagas una cuota fija, que suele ser baja, o un porcentaje de la deuda pendiente.
Puedes reclamar la nulidad del contrato y la devolución del exceso de intereses pagados. Si decides reclamar, te puedes ver en estas dos situaciones:
- Si has pagado más de lo prestado: Puedes reclamar judicialmente la nulidad del contrato y el exceso de capital más los intereses, el seguro y comisiones que te hayan cobrado.
- Si todavía no has pagado lo prestado: Puedes reclamar judicialmente la nulidad del contrato y la devolución de los intereses, el seguro y comisiones; y abonar a la entidad prestamista el capital prestado que te quede por pagar.
Proceso de reclamación:
- Análisis y estudio de viabilidad.
- Encargo y encomienda del asunto al despacho.
- Recuperación del contrato.
- Intento de negociación con la entidad.
- Desarrollo procesal
Estas tarjetas funcionan como microcréditos y aplican unos intereses altísimos, entre el 20 % y el 30 %
Con cuotas mensuales bajas y con unos intereses tan altos, la deuda se alarga indefinidamente.
Por una compra de 900 € puedes acabar pagando 2.900 €